esconderse”.
Según se conoce la ley 30628, establece la modificación de los artículos 1,
2 y 4 de la Ley 28457, que establecía que el poder judicial pagaba un ADN de filiación y
eso era imposible, por la realidad del
pliego lo cual constituía una dilación y bloqueo la alternativa de solución.
Finalmente el congresista Del Castillo, expreso que se había sorteado
varios obstáculos para aprobar este complemento legal a favor de la mujeres,
primero esta fue rechazada en la comisión de justicia por ser considerada que
generaba gasto, por lo que se buscaron
otras alternativas para su aprobación, pues en realidad al amparo el análisis
del costo-beneficio, que esta ley tiene,
al gobierno le resulta más barato pagar el ADN de filiación que pagar los
gastos que acarrea el abandono y el no reconocimiento de la paternidad, además
que finalmente será el varón el que pagara los costos del procedimiento, del
análisis de ADN, para determinar la filiación
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